miércoles, mayo 13, 2026

Ezequiel Torres: «Hoy Rosario es la ciudad más complicada para trabajar como abogado penalista»

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El abogado penalista Ezequiel Torres analizó en una entrevista los desafíos del ejercicio del derecho en Rosario, señalando restricciones a garantías constitucionales, el impacto de políticas de seguridad y la paradoja entre las leyes de narcotráfico y microtráfico.

En un contexto de alta sensibilidad social, el sistema penal santafesino atraviesa cambios significativos. El abogado penalista Ezequiel Torres, con una trayectoria que incluye defensas de alto perfil como la familia Laferrara en la causa de Esteban Lindor Alvarado o a referentes de la banda de Los Monos, visitó el programa «Feos, Sucios y Malos» -emitido por el stream de El Ciudadano y Radio UNR- y ofreció una radiografía del ejercicio del derecho en la actualidad rosarina.

El derecho a la defensa y la restricción

Para Torres, el escenario para los abogados penalistas en Rosario se ha vuelto cada vez más restrictivo. Según explicó, el concepto de «defensa efectiva» previsto por la Constitución Nacional se ha debilitado frente a nuevas políticas que parecen ignorar la presunción de inocencia.

«Si vos me decís qué ciudad es la más complicada para trabajar, te diría que esta. Rosario se ha vuelto una ciudad donde representar a algunas personas vinculadas por ahí por la calificación legal no significa que sea responsable por ese hecho, porque está el proceso, que son todas las garantías que prevé la Constitución».

Este clima llevó a que diversos estudios jurídicos, incluido el de Torres, realicen presentaciones formales ante la Justicia. A finales de abril, un grupo de abogados penalistas presentó un habeas corpus colectivo y correctivo por una disposición del Servicio Penitenciario que exige informar datos extra cada vez que se visita a un detenido, lo que calificaron como un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención.

Aislamiento del abogado y el cliente

Torres describió cómo el contacto con los defendidos en unidades penitenciarias como Piñero o Coronda pasó de controles normales a barreras físicas y tecnológicas que impiden el trabajo confidencial. Detalló que, tras los escáneres y el blindex, la comunicación se degradó al uso de teléfonos que generan sospechas de espionaje estatal.

«Hace uno o dos meses atrás ya se limitó y ya no podemos ni siquiera hablar más a través del blindex; es por teléfono, lo cual genera un cierto temor fundado de estar siendo grabado que viola los principios básicos, que es la confidencialidad entre el abogado y cliente. Y lo que molesta, porque uno trabaja dentro del marco de la legalidad, es que te estén grabando porque eso está prohibido legalmente».

La mano dura, tendencia política global

Consultado sobre el endurecimiento de las condiciones y proyectos como la Unidad Penitenciaria Nº 8 de Piñero para presos de alto perfil, Torres enmarcó la situación local en un fenómeno global. «Lo que veo como defensor es que es una cuestión política a nivel mundial. Esto lo implementó Nayib Bukele, presidente de El Salvador, es un régimen de campañas políticas que muchas veces cuando hay problemas económicos o sociales diciendo: ‘Bueno, estamos trabajando bien, ha bajado la inseguridad’», señaló.

Para el abogado, este enfoque tiene un efecto opuesto a la resocialización: «Se intenta tapar algo que es educativo, cultural, formativo con más pena. Como socialmente se avala a nivel mundial, y acá también pasa, es ratificado sin ningún tipo de planteo social de cuestionar estos comportamientos desde el poder político y el poder judicial».

Paradoja de penas: Ley 23.737 vs. microtráfico provincial

Torres profundizó en la «gran arbitrariedad» que supone la aplicación de la ley 14.239 conocida como Microtráfico en Santa Fe frente a la Ley Nacional de Estupefacientes (23.737). Explicó que, mientras el narcotráfico federal bajo el artículo 5 C prevé una escala de 4 a 15 años de prisión, la ley de microtráfico mantiene exactamente la misma severidad penal.

«Una persona que vende 10 kilos de cocaína puede cerrar un juicio abreviado con 4 años de prisión. Una persona que lo agarran vendiendo 2 gramos de cocaína para autobastecerse del consumo problemático que tiene, el mínimo son 4 años», ilustró.

Torres advirtió sobre el artículo 56 bis, que impide que los detenidos accedan a la libertad condicional o a salidas transitorias, obligándolos a cumplir la condena completa. Según su análisis, si no se modifican los mínimos de la escala penal, el sistema seguirá atrapando a sectores vulnerables bajo un estereotipo criminal.

Arbitrariedades en la ejecución penal

Torres también habló sobre la nueva Cámara de Ejecución Penal y los cambios en las calificaciones de conducta de los internos. Sostuvo que se están violando principios básicos, como el artículo 2 del Código Penal, y que el accionar administrativo del Servicio Penitenciario tiene un objetivo político que ignora la ley de fondo.

«Personas con conducta ejemplar, sin haber cometido ninguna falta ni pelea, de un día para otro pasaron a tener calificación ‘pésima’ sin fundamento alguno y quitándoles el acceso a salidas transitorias o libertad condicional», detalló.

Investigaciones al entorno

El abogado también marcó como una ilegalidad el seguimiento que el Estado realiza sobre los entornos afectivos de los presos de alto perfil, independientemente de si tienen causas penales o no. «La visita de algunos de los familiares genera automáticamente investigaciones sobre las personas que los van a ver, siendo pareja, amigos, conocidos, genera allanamientos, intervenciones, seguimiento. Eso es inconstitucional», concluyó.

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