martes, noviembre 3, 2026

El municipio de Santa Fe propone cambios para las contrataciones directas personales

Noticias Relacionadas

A través del Mensaje N° 18, el Ejecutivo local solicitó al Concejo tratar un nuevo régimen para la contratación directa de servicios personales. La iniciativa eleva el monto tope a 30 mil Módulos Tributarios y establece criterios de idoneidad.

A través del Mensaje N° 18 -proyecto de ordenanza-, la Municipalidad de Santa Fe solicitó al Concejo Municipal que trate un nuevo régimen específico para la contratación directa de servicios personales de distintos tipos: profesionales, técnicos, materiales o de otra naturaleza, conforme las necesidades de la administración municipal.

El gobierno local puede realizar contrataciones de servicios profesionales de manera directa en casos excepcionales, sin necesidad de realizar una compulsa de precios, licitación pública ni concursos abiertos. En el marco de la emergencia hídrica, el municipio ya cuenta con la potestad otorgada por el Legislativo local para realizar contrataciones directas destinadas exclusivamente a atender situaciones vinculadas con “El Niño”, y también puede reasignar partidas del Presupuesto 2026.

La ordenanza que regula estas contrataciones específicas es la N° 11.099, modificada por última vez el año pasado a través de la ordenanza N° 13.031, que actualizó el límite de contrataciones directas personales a hasta 15 millones de pesos anuales por cada contratación directa personal.

Primer cambio: monto tope

El proyecto en análisis en comisiones del Concejo propone que el monto tope sea de 30 mil Módulos Tributarios (MT). Se trata de una unidad de medición que se actualiza anualmente; este año se autorizaron dos subas que acumulan un 40% de impacto en varios tributos.

Actualmente, un MT equivale a 1.000 pesos, por lo que una contratación de servicios personales no debería superar los 30 millones de pesos, el doble del tope actual, para cada ejercicio presupuestario. Superado ese umbral, se debería llamar a un concurso público de precios u otro acto administrativo similar.

Con esta modificación, los órganos de la Administración Central, entes descentralizados y de la seguridad social quedarían autorizados a celebrar contratos de servicios personales por vía de contratación directa, siempre dentro de ese monto tope.

Para verificar el límite, el informe indica que “se computarán acumulativamente todos los importes correspondientes a una misma persona, cualquiera sea la cantidad de contratos, el objeto de las prestaciones o la jurisdicción u organismo contratante, y sean los vínculos simultáneos o sucesivos”.

“El mismo criterio rige para las prórrogas, renovaciones y adendas (…), incluidas las que modifiquen o amplíen la contraprestación económica convenida. Cuando un contrato abarque más de un ejercicio presupuestario, los importes se computarán en cada ejercicio según las contraprestaciones correspondientes a ese período”, añade el proyecto.

Segundo cambio: idoneidad

Los contratos comprendidos en la nueva normativa se celebrarán con personas humanas y tendrán “carácter personalísimo”, en atención a “las aptitudes, conocimientos, antecedentes, experiencia o condiciones particulares que fundamenten la selección del prestador”, según el texto.

Queda expresamente prohibida la cesión total o parcial del contrato y la sustitución del contratado por terceros en la ejecución de las prestaciones, “salvo las colaboraciones auxiliares que, por la naturaleza del servicio, el contrato admita expresamente y no alteren su carácter personal”, aclara el mensaje.

Bajo estas condiciones, el municipio podría contratar servicios profesionales o técnicos de, por ejemplo, un proveedor de bienes específicos, un asesor impositivo o un maestro mayor de obra, según las necesidades. Solo mediará una relación contractual excepcional y temporal, sin relación de dependencia laboral.

Fundamentos

El proyecto lleva las firmas del intendente Juan Pablo Poletti y del secretario de Gobierno, Control, Movilidad y Seguridad Ciudadana, Sebastián Mastropaolo.

En los fundamentos, se explica que la intención no es “prescindir de los principios que rigen la contratación pública”, sino “establecer una modalidad específica que permita atender con mayor agilidad las necesidades de la gestión municipal, bajo condiciones objetivas de procedencia, límites económicos precisos, acreditación de idoneidad (…)”.

Asimismo, el proyecto plantea que “el límite económico opere por persona contratada y por ejercicio presupuestario, mediante el cómputo acumulativo de las contraprestaciones de todos los contratos celebrados con una misma persona (…)”.

La regulación propuesta contempla, además, “las condiciones esenciales de instrumentación y ejecución de los contratos; la verificación de la idoneidad del prestador, el control del cumplimiento de las obligaciones asumidas y la determinación de las responsabilidades correspondientes”.

Con ello, se procura “dotar a la administración municipal de un marco normativo claro, uniforme y compatible con las exigencias de legalidad, transparencia y buena administración”, concluye el mensaje.

Últimas Publicaciones