El senador Ciro Seisas, del bloque Unidos por Santa Fe, presentó un proyecto de ley en la cámara alta provincial que prohíbe la venta, expendio, suministro y entrega gratuita de bebidas energizantes a personas menores de edad en toda la provincia.
El senador Ciro Seisas, del bloque Unidos por Santa Fe, presentó un proyecto de ley en la cámara alta provincial que prohíbe la venta, expendio, suministro y entrega gratuita de bebidas energizantes a personas menores de edad en toda la provincia.
Seisas declaró: «Hay que hacerse una pregunta de puro sentido común: ¿le darías a tu hijo de 12 o 13 años cinco o seis tazas de café antes de ir a la escuela? La respuesta es un no rotundo. Pero hoy en Santa Fe cualquier chico puede entrar a un kiosco y comprar una lata de energizante sin que nadie le diga nada. Eso es exactamente lo que cambia con esta ley».
Según datos de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP), la edad promedio en la que los adolescentes empiezan a consumir energizantes es los 13 años, el consumo en menores de 14 años creció un 120% en los últimos diez años, y el 74,9% de los menores de 18 que los consumen lo hacen mezclados con alcohol. Una lata de energizante puede contener entre 80 y 160 miligramos de cafeína, equivalente a varias tazas de café, con efectos documentados sobre el sistema cardiovascular, el sueño, la ansiedad y el metabolismo en organismos en desarrollo.
«No venimos a prohibirle nada a los adultos. Venimos a proteger a los que todavía no pueden protegerse solos. Regular lo que le hace daño a nuestros chicos no es limitar la libertad, es garantizar su derecho a crecer sanos», afirmó el legislador.
La ley propone tres pilares: prohibición total de venta a menores en kioscos, supermercados, locales bailables, eventos deportivos masivos, máquinas expendedoras y delivery; escuelas libres de energizantes, prohibiendo la venta en buffets, cantinas y kioscos escolares incluso en actividades fuera del establecimiento; y freno al marketing dirigido a jóvenes, prohibiendo publicidad con personajes animados, lenguaje juvenil, referencias a videojuegos o deportes extremos, o difundida en plataformas con audiencia mayoritaria de menores.
Las sanciones incluyen multas y clausura temporaria del local por hasta 30 días, duplicándose en caso de reincidencia. Lo recaudado se destinará al financiamiento de campañas de prevención y concientización.
Seisas cerró: «Esta ley forma parte de una línea de trabajo que venimos sosteniendo desde que asumimos: construir entornos seguros para las infancias y adolescencias de nuestra provincia. Lo hicimos con las bolsas de nicotina, con ludopatía, con los vapers electrónicos y con la Ley Ema contra el acoso digital, que hoy tiene media sanción y esperamos aprobar pronto. Cuidar a nuestros pibes hoy es asegurar el futuro de Santa Fe».
