miércoles, septiembre 10, 2025

Las nuevas cámaras ocultas con lentes inteligentes: cuál es el rol de los influencers y qué límites fija la ley

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En TikTok, videos que superan las 700 mil visualizaciones muestran a influencers que caminan por la calle o se meten en supermercados con un único objetivo: hacer reír a sus seguidores a costa de dejar en ridículo a desconocidos. El formato es simple y efectivo: los anteojos que llevan puestos, los Ray-Ban Meta, los nuevos lentes inteligentes, graban sin que nadie lo note. Así, la “víctima” de la broma no sabe que está siendo filmada hasta que se ve expuesta en redes sociales.

El fenómeno de estas nuevas cámaras ocultas reabre un debate: ¿Qué pasa con la privacidad cuando un creador de contenido usa dispositivos invisibles para grabar sin consentimiento? ¿Y cuáles son los límites que marca la ley argentina?

Las grabaciones suelen ocurrir en la vía pública o en grandes comercios. A veces, los protagonistas son transeúntes desprevenidos; en otras ocasiones, personas en situación de calle. Todas comparten un patrón: exponer a alguien en una situación absurda o incómoda para el entretenimiento de terceros.

Las gafas más utilizadas son los Ray-Ban Meta, desarrollados junto a Meta (la empresa de Mark Zuckerberg). Permiten sacar fotos, grabar videos y hasta escuchar música mediante conducción ósea, una vibración que transmite el sonido a través del cráneo, sin necesidad de usar las manos. En Argentina, se venden desde los $799.000 y en el exterior su precio arranca en 300 dólares.

Los Ray-Ban Meta se venden desde los 799 mil pesos en Argentina. Foto: Reuters/Manuel Orbegozo.

La polémica escaló a nivel nacional cuando, en julio de este año, se viralizó un video grabado con estos lentes durante el examen de ingreso a las residencias médicas. En las imágenes, un postulante registraba las 100 preguntas de la prueba en la sede de Parque Roca y luego, según fuentes oficiales, salía al baño para enviar el material y recibir respuestas. El episodio no solo reveló un posible fraude académico: mostró hasta dónde puede llegar el uso de estos dispositivos.

Qué dice la ley

El abogado Martín Leguizamón, especialista en nuevas tecnologías, es categórico: grabar a alguien sin su consentimiento en la vía pública y difundirlo en redes es contrario a la ley. “Es absolutamente ilegal y va contra el artículo 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece claramente que para captar y reproducir la imagen o la voz, en cualquier modo que se haga, debe requerirse el consentimiento expreso de la persona que es grabada. Hay excepciones, pero no se dan en este caso”, remarca a Clarín.

Las excepciones a las que alude son limitadas: actos públicos, situaciones de interés científico, cultural o educativo, o el ejercicio regular del derecho a informar. «Con los videos que se ven no hay ninguna posibilidad, se requiere el consentimiento expreso de la persona que es grabada”, insiste el abogado.

La situación es aún más grave si la grabación se realiza con dispositivos no visibles, como los anteojos inteligentes. Para Leguizamón, eso no solo implica la falta de consentimiento, sino una invasión directa a la intimidad.

“Si se hace con dispositivos no visibles es mucho más grave la intromisión a la privacidad y a la intimidad de las personas, y mucho más si se va a utilizar en tono de burla de una persona, no tengo ninguna duda”, sostiene.

Hay situaciones que requieren que la persona grabada de su consentimiento.

¿Qué puede hacer una persona que se encuentra a sí misma en un video viral sin haber dado su permiso? Según el artículo 53, tiene derecho a iniciar acciones legales contra quien grabó y difundió el material.

Puede reclamar por daños materiales, por el uso indebido de la imagen y por daños morales, porque puede afectar su moral de acuerdo al uso que se le dé a esa captación sin consentimiento”, aclara Leguizamón.

Además, la persona puede exigir la eliminación del video, tanto al creador de contenido como a la plataforma donde fue subido. “Si infringe las normas comunitarias, puede solicitarlo a la red social o a la plataforma. También puede hacerlo directamente al que grabó indebidamente. Yo optaría primero por pedírselo al que hizo la grabación y después a la plataforma”, detalla.

El reclamo puede incluir una compensación económica. “Tengo un caso de una fotografía asociada a una marca de cerveza en Argentina, donde se condenó con una indemnización de 8.000 dólares por uso indebido de imagen. Lo mismo sería con un video”, ejemplifica.

Muchos influencers argumentan que difuminar el rostro de la persona los exime de responsabilidad legal. Pero para Leguizamón, esto no cambia la situación: “Que se bluree la imagen no exime de responsabilidad de ninguna forma, porque la imagen de la persona no es solo la cara. Puede ser todo el cuerpo, un brazo, una pierna: la imagen es la composición total de la persona”.

Por eso, aun con la cara cubierta, si alguien puede ser identificado, sigue existiendo la posibilidad de accionar legalmente. La responsabilidad no recae únicamente en el creador de contenido. También las plataformas pueden ser demandadas si, una vez notificadas de la infracción, no actúan con rapidez.

“De acuerdo al fallo Belén Rodríguez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de octubre de 2014, una vez que la plataforma toma conocimiento de la infracción y no lo elimina en forma inmediata, nace la responsabilidad civil. Incluso puede haber responsabilidad solidaria entre el que obtuvo la imagen de modo ilegal y la red social o el buscador”, precisa el abogado.

Acciones legales posibles

Los pasos para denunciar son claros: intimar primero a la red social para que elimine el contenido y luego iniciar una acción civil por daños y perjuicios. El marco legal está dado por los artículos 52 y 53 del Código Civil y Comercial de la Nación.

“Cualquier persona que sufra una lesión en su intimidad, honra, reputación, imagen o identidad puede reclamar dos cosas: la prevención del daño y la reparación por los daños sufridos”, resume Leguizamón.

Y aclara un punto clave: los influencers no tienen un régimen especial. “Ese pensamiento de que hay que regularlos me parece un disparate. Si violan la ley pueden ser demandados como cualquier otra persona, no son una calidad especial”, considera el especialista.

Aunque no hay condenas específicas contra influencers en Argentina, sí existe abundante jurisprudencia por uso indebido de la imagen. Los jueces suelen evaluar caso por caso, con dos criterios principales: el daño material (valor económico de la imagen) y el daño moral (afectación al honor o la intimidad).

“Los magistrados establecen las indemnizaciones de acuerdo a la sana crítica y la prueba producida. En base a eso fijan los montos en concepto de daño moral y material”, explica Leguizamón.

Los dispositivos invisibles pueden llegar a se invasivos de la privacidad. Foto: Bloomberg/David Paul Morris.

Un error frecuente es creer que, por estar en la vía pública, cualquiera puede ser filmado libremente. El abogado lo desmiente de forma tajante: “La gente cree que estar en la calle son eventos públicos y no lo son. Un evento público es un estadio de fútbol o un desfile militar. Captar la imagen sin consentimiento y utilizarla para burlarse de alguien genera responsabilidad civil. Estar en la calle no tiene nada que ver.»

En tanto, Clarín intentó comunicarse con los autores de algunos de los videos más reproducidos en las redes para obtener sus testimonios sobre el tema; sin embargo, hasta el cierre de esta nota no recibió ninguna respuesta.

El límite de lo “gracioso”

El boom de los lentes inteligentes pone sobre la mesa un dilema: ¿hasta dónde llega el derecho al entretenimiento en redes y dónde empieza la vulneración de la intimidad ajena? En la Argentina, la ley es clara: sin consentimiento expreso, grabar y difundir imágenes de terceros no es un chiste inofensivo, sino una infracción legal que puede derivar en sanciones económicas y judiciales.

En tiempos donde la tecnología permite filmar con un par de anteojos, los límites legales se vuelven más urgentes que nunca.

AA

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