sábado, agosto 2, 2025

ARCA: el monto que le puedo transferir a un familiar sin declarar en agosto 2025

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El gobierno ha establecido los valores que se pueden transferir mensualmente sin que el banco o billetera virtual informe al fisco

01/08/2025 – 09:00hs

Hace tan solo unos meses, las personas a la hora de realizar transferencias entre familiares tenían que prestarle atención a los montos involucrados. Esto se debe a que, si se superaba determinado umbral, el banco o entidad financiera debía informarlo a ARCA e incluso podía solicitar información respaldatoria.

No obstante, recientemente, el Gobierno amplió los márgenes a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales están obligados a informar a ARCA. El objetivo de la medida es flexibilizar las transacciones y formalizar los ahorros de los ciudadanos, es decir, que las personas utilicen los dólares que tienen «bajo el colchón«.

Los valores que una persona puede transferirle a un familiar sin declarar

En el presente mes de agosto, los umbrales máximos por los que se puede realizar una transferencia a un familiar sin declarar se rigen por la última actualización. Esta elevó los $2.000.000 anteriores para billeteras virtuales a los $50.000.000 para personas físicas.

Al mismo tiempo, el límite de $1.000.000 que aplicaba para las transferencias bancarias se elevó a $50.000.000 también para este grupo. Por lo tanto, en la práctica, ARCA no controlará las transferencias entre familiares, excepto que se superen estos umbrales.

Con respecto al resto de transacciones, los límites se modificaron de la siguiente forma:

  • Saldo último día del mes: el valor máximo que se podía tener de saldo al último día del mes sin tener ingresos declarados y/o consistentes era de entre $700.000 y $1.000.000 (dependiendo del tipo de cuenta), pero, a partir de junio de 2025, el monto que rige es de $50.000.000 para personas físicas
  • Plazos Fijos: el valor máximo que las personas sin justificativos podían tener como plazos fijos era de $1.000.000, pero a partir de ahora se elevó a $100.000.000 para personas físicas
  • Extracciones en efectivo: la normativa anterior le solicitaba a las entidades financieras que informaran las operaciones desde cualquier monto, pero, con el cambio de normativa, se informará a ARCA a partir de los $10.000.000 para personas físicas
  • Tenencias en sociedades de bolsa: anteriormente se informaban todos los montos, pero actualmente es de $100.000.000, en el caso de personas físicas

Qué tipo de operaciones entran dentro de los nuevos límites mensuales

Debido a confusiones sobre los límites mensuales, especialmente por su magnitud, el ministro de economía, Luis Caputo, detalló que todos los límites comunicados son mensuales y por persona. Por ende, cualquier persona puede gastar hasta $50.000.000 por mes en activos que no sean registrables.

Por ejemplo, salir a comer, indumentaria, entre otras alternativas, como también en operaciones informales sin que ARCA sea notificada de esos consumos, como puede ser pasarle dinero a un familiar. De esta forma, las operaciones de bienes registrables no se encuentran exentas de riesgos hasta el Congreso Nacional no apruebe la ley de «blindaje«.

Debido a que la medida apunta a que las personas utilicen sus ahorros informales, que por lo general están en dólares, hay varias cuestiones pendientes.

Entre ellas modificar la Ley Penal Cambiaria, como también la Ley de Procedimiento Tributario, en la cual se elevarán los montos mínimos para los delitos de «evasión simple» y la de «evasión agravada«. A la vez, se acortarán los plazos de prescripción, por lo que el fisco tendrá menos tiempo para reclamar por eventuales incumplimientos.

Qué se debe tener en cuenta a la hora de hacer una transferencia para no tener problemas

Al momento de hacer una transferencia, se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • No transferir montos que excedan el tope permitido: es de suma importancia conocer los montos permitidos, ya sea por el banco o por billeteras virtuales, ya que, si bien los valores por los que ARCA no pide justificativo son los anteriormente mencionados, puede haber límites diarios de operación por parte de las entidades
  • Poder justificar los fondos de las cuentas bancarias o billeteras virtuales: en teoría, todas las operaciones siempre deben estar respaldadas, incluso si son transferencias entre cuentas propias
  • Responder a las solicitudes del banco o empresa de billetera virtual: en el caso de que el banco solicite documentación para justificar el origen de los fondos, es importante no tener demoras para evitar el Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIA)

No obstante, con los nuevos montos definidos y la nueva política de ARCA, es muy poco probable que las personas deban presentar documentación adicional si operan dentro de esos parámetros.

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